Hoy os mostramos un post que complementa el trabajo de nuestro amigo Samuel Alfonso Delgado Caballero, publicado el mes pasado y titulado MICROLOFOSCOPIA .
En este nuevo artículo se trata el efecto jurídico que acarrea no aplicar la teoría de la Originalidad de las Crestas Papilares, y se basa en el sistema penal Acusatorio Americano y sistema Español, revisado y aprobado por juristas que respaldan su teoría científica y jurídica sobre las huellas dactilares.
Al final del post también podéis ver información sobre su libro titulado:
"DACTILOSCOPIA, CERTEZA O INCERTIDUMBRE"
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EL EFECTO BUMERÁN DE LA MICROLOFOSCOPIA.
En el estudio de Microlofoscopia, se plantea el teorema de la originalidad de las crestas papilares, como base científica de las diferencias entre las huellas e impresiones dactilares de origen biológico contra las reproducciones artificiales, en complemento con su unicidad y permanencia.
Sobre la Microlofoscopia ya se conoce su fundamento científico, ahora es necesario conocer sus argumentos jurídicos aplicando el principio de la justicia procesal (fairness) expresado por la Corte Suprema de los Estados Unidos, ante la necesidad de que la defensa tenga oportunidad de producir evidencias a su favor[1].
"Los expertos atribuyen a las huellas e impresiones papilares, una de certeza del 100% sin margen de error."
Está científicamente demostrado, que las huellas dactilares pueden ser reproducidas por cualquier sistema de impresión, y que solo se puede verificar su autenticidad por medio del mejorado nivel III microlofoscópico, para verificar su originalidad.
Esto quiere decir que toda huella e impresión papilar aislada, es altamente probable de que sea una reproducción mecánica (artificial), dejando la duda razonable de que la huella analizada no es original. "No se puede hablar de certeza, cuando un hecho es altamente probable de que ocurra."
La prueba tiene por fin llevar al conocimiento del juez, más allá de duda razonable, los hechos y circunstancia materia del juicio y los de la responsabilidad penal del acusado como coautor o participe. La evidencia dactilar en el juicio era irrebatible, por su fuerza probatoria de una certeza del 100%; pero el error humano a ocasionado equivocaciones judiciales irreparables, evidenciado un empírico análisis que ha deteriorado su imagen, al punto de ser llamada seudo-ciencia.
Toda huella o impresión dactilar aislada, de la escena del crimen o del elemento material probatorio o evidencia física, sino es original, pierde su valor probatorio, ya que su esencia jurídica es demostrar que "la huella dactilar o impresión latente que se está examinando fue hecha por una persona con exclusión de todas las demás personas posibles[2]" o "la impresión dactilar que se investiga se identifica como procedente de la misma persona que la impresión de comparación[3]", el análisis nivel I y II confirma la exclusión de todas las demás personas posibles o que se identifica como procedente de la misma persona; el Nivel III permite confirmar la originalidad de las crestas papilares y establecer científicamente que fue hecha por una persona o que es procedente de la misma persona y no incurrir en una falacia científica de un FALSO POSITIVO, por tratarse de una huella artificial, jamás plasmada por la persona involucrada, siendo una prueba exculpatoria o evidencia relevante a su inocencia.
No se puede afirmar que la huella o impresión dactilar aislada "fue hecha por una persona" o "procedente de la misma persona" sin haber corroborado la originalidad de las crestas papilares.
Si el especialista no manifiesta en las conclusiones, que la huella dactilar es original, la Defensa puede controvertir "cross examination", que la huella dactilar analizada es una reproducción artificial, sembrando la duda razonable de su originalidad y dejando sin valor probatorio la evidencia dactilar "inadmisibilidad" para demostrar la inocencia por insuficiencia de la prueba y victimización innecesaria del ofendido. Por consiguiente todo estudio lofoscópico debe constar de un doble análisis; el 50% lo aporta el macroscópico Nivel I y II para establecer Unicidad; y el otro 50% el análisis Nivel III microlofoscópico para la originalidad. Solo así se puede hablar de 100% de certeza.
El Negar la originalidad como un principio es desconocer las micro características biológicas diferenciadoras de las impresiones dactilares originales de las reproducciones artificiales, es admitir que no son diferentes y es atribuirles el mismo valor de prueba, que favorece el argumento probatorio a la Defensa, siendo un efecto bumerán, donde la teoría de la originalidad es empleada por la Defensa para producir un cataclismo en la dactiloscopia. A si de importante como establecer unicidad es la originalidad, ya que disipa toda duda razonable de ser una impresión artificial y permite frente a una negativa de su autoría, reafirmar su naturaleza biológica original.
La comunidad científica internacional de huellas dactilares liderada por la INTERPOL, grupo AFIS, idearon el método integrador que sintetiza el método científico y los niveles I, II y III para idealizar el análisis dactiloscópico con carácter científico. Es necesario a este análisis realizar el estudio Microlofoscópico para establecer la originalidad de las crestas papilares para alcanzar el 100% de certeza sin dudas razonables.
"El principio de la originalidad y las diferencias pre y post mortem de las huellas dactilares" fue presentado ante los 187 países miembros que conforman la INTERPOL, en su quinto simposio internacional de huellas dactilares, como conferencista en Lyon Francia 04-06 junio 2008, registrado internacionalmente bajo los derechos de autor como MICROLOFOSCOPIA.
Agradecimiento,
A la más grande organización policial del mundo INTERPOL, a su GRUPO AFIS por apoyar esta investigación y reconocer su carácter científico, publicada en la página oficial, www.interpol.int en los idiomas Ingles y español, Mil y mil gracias.
http://www.interpol.int/Public/Forensic/fingerprints/default.asp
Research work: Microlofoscopia
http://www.interpol.int/Public/Forensic/fingerprints/research/Default.asp
Mycrolofoscopy
El Autor, SAMUEL ALFONSO DELGADO CABALLERO
Funcionario de Policía Judicial
Experto en lofoscopia. Colombia.
Sobre la Microlofoscopia ya se conoce su fundamento científico, ahora es necesario conocer sus argumentos jurídicos aplicando el principio de la justicia procesal (fairness) expresado por la Corte Suprema de los Estados Unidos, ante la necesidad de que la defensa tenga oportunidad de producir evidencias a su favor[1].
"Los expertos atribuyen a las huellas e impresiones papilares, una de certeza del 100% sin margen de error."
Está científicamente demostrado, que las huellas dactilares pueden ser reproducidas por cualquier sistema de impresión, y que solo se puede verificar su autenticidad por medio del mejorado nivel III microlofoscópico, para verificar su originalidad.
Esto quiere decir que toda huella e impresión papilar aislada, es altamente probable de que sea una reproducción mecánica (artificial), dejando la duda razonable de que la huella analizada no es original. "No se puede hablar de certeza, cuando un hecho es altamente probable de que ocurra."
La prueba tiene por fin llevar al conocimiento del juez, más allá de duda razonable, los hechos y circunstancia materia del juicio y los de la responsabilidad penal del acusado como coautor o participe. La evidencia dactilar en el juicio era irrebatible, por su fuerza probatoria de una certeza del 100%; pero el error humano a ocasionado equivocaciones judiciales irreparables, evidenciado un empírico análisis que ha deteriorado su imagen, al punto de ser llamada seudo-ciencia.
Toda huella o impresión dactilar aislada, de la escena del crimen o del elemento material probatorio o evidencia física, sino es original, pierde su valor probatorio, ya que su esencia jurídica es demostrar que "la huella dactilar o impresión latente que se está examinando fue hecha por una persona con exclusión de todas las demás personas posibles[2]" o "la impresión dactilar que se investiga se identifica como procedente de la misma persona que la impresión de comparación[3]", el análisis nivel I y II confirma la exclusión de todas las demás personas posibles o que se identifica como procedente de la misma persona; el Nivel III permite confirmar la originalidad de las crestas papilares y establecer científicamente que fue hecha por una persona o que es procedente de la misma persona y no incurrir en una falacia científica de un FALSO POSITIVO, por tratarse de una huella artificial, jamás plasmada por la persona involucrada, siendo una prueba exculpatoria o evidencia relevante a su inocencia.
No se puede afirmar que la huella o impresión dactilar aislada "fue hecha por una persona" o "procedente de la misma persona" sin haber corroborado la originalidad de las crestas papilares.
Si el especialista no manifiesta en las conclusiones, que la huella dactilar es original, la Defensa puede controvertir "cross examination", que la huella dactilar analizada es una reproducción artificial, sembrando la duda razonable de su originalidad y dejando sin valor probatorio la evidencia dactilar "inadmisibilidad" para demostrar la inocencia por insuficiencia de la prueba y victimización innecesaria del ofendido. Por consiguiente todo estudio lofoscópico debe constar de un doble análisis; el 50% lo aporta el macroscópico Nivel I y II para establecer Unicidad; y el otro 50% el análisis Nivel III microlofoscópico para la originalidad. Solo así se puede hablar de 100% de certeza.
Se puede presentar oposición por parte de los expertos, para desconocer la originalidad de las crestas papilares como un axioma de la dactiloscopia, pero cometen un grave error de interpretación, ya que esta teoría es complemento científico de la unicidad, fortalecido por su valor probatorio de singularidad biológica. La originalidad demuestra científicamente las incidencias mecánicas y químicas de las reproducciones artificiales contrarias a las de origen biológico, en concordancia a lo expuesto por David Ashbough[4] que dice "La singularidad biológica existe o no existe, la diferenciación biológica como una incidencia natural y coherente , la
singularidad, no puede ser parcial a veces y a veces no parcial, cualquier parte de una huella dactilar por grande o pequeña que sea, solo tiene un origen[5]".
singularidad, no puede ser parcial a veces y a veces no parcial, cualquier parte de una huella dactilar por grande o pequeña que sea, solo tiene un origen[5]".
El Negar la originalidad como un principio es desconocer las micro características biológicas diferenciadoras de las impresiones dactilares originales de las reproducciones artificiales, es admitir que no son diferentes y es atribuirles el mismo valor de prueba, que favorece el argumento probatorio a la Defensa, siendo un efecto bumerán, donde la teoría de la originalidad es empleada por la Defensa para producir un cataclismo en la dactiloscopia. A si de importante como establecer unicidad es la originalidad, ya que disipa toda duda razonable de ser una impresión artificial y permite frente a una negativa de su autoría, reafirmar su naturaleza biológica original.
La comunidad científica internacional de huellas dactilares liderada por la INTERPOL, grupo AFIS, idearon el método integrador que sintetiza el método científico y los niveles I, II y III para idealizar el análisis dactiloscópico con carácter científico. Es necesario a este análisis realizar el estudio Microlofoscópico para establecer la originalidad de las crestas papilares para alcanzar el 100% de certeza sin dudas razonables.
"El principio de la originalidad y las diferencias pre y post mortem de las huellas dactilares" fue presentado ante los 187 países miembros que conforman la INTERPOL, en su quinto simposio internacional de huellas dactilares, como conferencista en Lyon Francia 04-06 junio 2008, registrado internacionalmente bajo los derechos de autor como MICROLOFOSCOPIA.
Agradecimiento,
A la más grande organización policial del mundo INTERPOL, a su GRUPO AFIS por apoyar esta investigación y reconocer su carácter científico, publicada en la página oficial, www.interpol.int en los idiomas Ingles y español, Mil y mil gracias.
http://www.interpol.int/Public/Forensic/fingerprints/default.asp
Research work: Microlofoscopia
http://www.interpol.int/Public/Forensic/fingerprints/research/Default.asp
Mycrolofoscopy
El Autor, SAMUEL ALFONSO DELGADO CABALLERO
Funcionario de Policía Judicial
Experto en lofoscopia. Colombia.
[1] GUERRERO PERALTA Oscar Julián, Fundamentos teórico constitucionales del
nuevo proceso penal, Ediciones Jurídicas Gustavo Ibáñez, 2005, p. 282.
[2] Documento GTEIIHD INTERPOL Generalidades numeral 1 Pág. 13.
[3] Documento GTEIIHD INTERPOL, Detalles sobre métodos y procedimientos,
numeral 11, conclusiones, Pág. 22.
[4] Policía montada del Canadá.
[5] Documento GTEIIHD INTERPOL, numeral 7, Pág. 26.
Nuestro agradecimiento a Samuel por su amabilidad y colaboración.
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